Efectos legales de la prohibición de fichajes para los clubes de fútbol

 

Por ABINT.- El pasado 28 de abril FIFA de 2023 publicó la 1843, por la que se aclaran los efectos de la principal sanción disciplinaria impuesta a los clubes: la prohibición de inscribir jugadores.

 

 Estos son los principales puntos a tener en cuenta:

 

  • Un club sobre el que pese una prohibición de inscribir jugadores no podrá inscribir nuevos jugadores mientras esté vigente dicha medida, esto es, hasta que se cumpla íntegramente la sanción o bien FIFA levante la medida.

 

  • La sanción afecta a las inscripciones desencadenadas tanto por traspasos nacionales como internacionales.

 

  • La prohibición de inscribir jugadores se ejecuta automáticamente y entra en vigor a partir de la fecha exacta de su comunicación.

 

  • Por norma general, y a menos que se especifique lo contrario en la decisión donde se imponga la sanción, la prohibición de inscribir jugadores se aplicará exclusivamente al sexo (esto es, hombre o mujer) y la disciplina (fútbol once, futsal o fútbol playa) correspondientes de las partes que hayan ocasionado dicha decisión, con independencia de su estatus (amateur o profesional).

 

  • A menos que se especifique lo contrario, los clubes sobre los que pese una prohibición de inscribir jugadores podrán inscribir integrantes en sus equipos juveniles (esta posibilidad se limita a jugadores de hasta 15 años).

 

  • La prohibición de inscribir jugadores no impide a los clubes firmar contratos con nuevos futbolistas. Es decir, se permite fichar, pero no inscribir.

 

  • Por último, y de conformidad con el art. 25.3 RETJ, las
    siguientes acciones no contravienen la prohibición de inscribir nuevos jugadores:

 

a) el regreso del préstamo de un jugador profesional, únicamente si el contrato de préstamo vence de forma natural;

 

b) la ampliación del préstamo la cesión de un jugador profesional, después del vencimiento natural del contrato de préstamo;

 

c) la contratación definitiva de un jugador profesional que haya estado inscrito temporalmente en el club justo antes de que se impusiera la prohibición de inscribir nuevos jugadores; y

 

d) la inscripción de un jugador profesional que ya estaba inscrito en el club como jugador amateur justo antes de que se impusiera la prohibición de inscribir nuevos jugadores.